ASPIRANTES CUESTIONADOS NO DEBEN SER ELEGIDOS JUECES



Por  Dr. Bayardo Moreno- Piedrahita Tatés
MOVIMIENTO ACADEMICO DE ABOGADOS PROGRESISTAS



Al conocer la convocatoria  realizada por el C. de la J. de Transición para la elección de jueces de la Corte Nacional de Justicia, no cabe duda que estudiosos, sabios, profanos, legos y todos; pero sobre todo los graduados en derecho, por un momento nos pusimos a pensar en el sustantivo femenino justicia y la célebre definición universal con la que Ulpiano caracterizó para la posteridad, al consagrarla como la constante y perpetua voluntad de dar a cada uno lo suyo en cualquier circunstancia; y, por supuesto nuestra mente sintonizó a la idea de la misión del juez, juicio, sentencia, juzgado, tribunal, corte, etc. y nos vinculó también con  sustantivos, calificativos y verbos como litigio, juicio, autos, decretos y otros, con mayor o menor profundidad, en cuanto a su significado.

Sin embargo, en este proceso que lleva a cabo el C. de la J. lo que más ha preocupado es la elección  de los aspirantes a JUECES, por ser las personas que se encargarán de ejercer la potestad pública de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado en el recuso extraordinario de casación, en materias determinadas y los casos de fuero. Tampoco deja de preocuparnos la lentitud y la  forma como se sustancian los recursos y los procesos. No podemos pasar por alto la preocupación de lo que significa el debido proceso dentro del JUICIO, entendido como la contienda legal sometida a la resolución de los jueces. Y menos es indiferente la acción de JUZGAR, en estos tiempos que con el pretexto de vigilar el respeto a los derechos humanos, se irrespetan otras garantías y derechos, sin contar con la actitud permanente e imparcial del juzgador para administrar Justicia y decidir con equidad la contienda legal sometida a su veredicto; y, más aún no deja de preocuparnos a los habitantes del País, no sólo a los abogados, que SENTENCIA, es el acto culminante de una instancia y si es la última, es la decisión suprema que podría ser determinante de la suerte, el futuro y la vida de las personas y familias involucradas en el juicio; o que talvez le permita mirar un rayo de esperanza en los recursos legales y constitucionales, que igual, se someterán al acto jurídico o veredicto dictado por otro juez; como la decisión final del juicio o recurso, en cumplimiento de la potestad judicial consagrada en la Constitución y la Ley. Por tal razón, esa preocupación no es novelería ni la mala costumbre de criticar por criticar por que somos así. De verdad es la conciencia con que obramos las personas que hemos aprendido a vivir en sociedad y nos preocupamos por nuestros  semejantes, sean familiares íntimos o enlazados en la gran familia humana; porque hemos vivido y hemos recibido los golpes de la indiferencia y no esperamos recibir más, como simples espectadores.

No es una novedad, en toda sociedad, la presencia del juez en el diario convivir en la contienda legal o en la mediación es imprescindible es decisiva para mantener el equilibrio de las relaciones de toda índole que nos obliga la vida. He ahí, la enorme responsabilidad y trascendencia del cargo de Juez; más aún para las partes que litigan  y no sólo para el abogado; pues su decisión se convierte para unos en la posibilidad que rehabilita la ilusión de vivir y  para otros en la pesadilla y la depresión fatal de morir. En los dos casos, la resolución del juzgador es un acto especial como fraguado en lo recóndito del misterio y hasta del más allá. Mucho más, en los casos que no es fácil decidir. No es desconocido para ningún ser mortal  que la misión de juzgar está a cargo de hombres y mujeres de carne y hueso, física y materialmente iguales de los demás, que al revestirse de la facultad que le confiere no sólo el pueblo a través del Estado, sino su propio compromiso que adquiere de cumplir su misión con leyes hechas por humanos como herramientas y el valor de su propia conciencia, resuelve conflictos generados por otros seres humanos en actos individuales o colectivos, por acción u omisión, cumplimiento e incumplimiento. En consecuencia, si existe el respeto que está obligado a observar el Organismo encargado de la selección de los mejores aspirantes a jueces, sobre sus hombros estará la responsabilidad social de que la justicia se presente con la majestad  y respeto que necesitamos.    

El compromiso de ser juez en la vida real es muy delicado, por que esta autoridad al resolver los juicios generados por los conflictos sociales, en su misión de juzgar no podrá tomar decisiones intermedias. O concederá el triunfo a uno y anunciará la pérdida a otro. En ningún caso habrá empate. Aunque podría darse de caso de la nulidad procesal. Bajo esos parámetros de jurisdicción y competencia, al juzgador de primera o segunda instancia, a la CNJ que conoce el recurso legal extraordinario de casación; al juez constitucional, que se encarga del recurso  extraordinario de protección, según su jerarquía o instancia; no le queda ninguna formula para decidir que demandante y demandado, se encuentran en una situación de empate, ni siquiera aplicando las reglas de la sana crítica. Es que al resolver sobre la contienda legal o los recursos que se han puesto en su conocimiento, uno debe tener a su favor el derecho para que se le haga justicia al amparo de la Ley y la moral y otro tendrá que asumir su responsabilidad de reparar los daños ocasionados, según el o los casos; porque esa es su responsabilidad con la sociedad y porque esa es la función casi divina del Juzgador; aún, con personas que gozan de fuero de corte, privilegiados por ostentar altos cargos; ante la indiferencia de la igualdad ante la Ley.

Ahora bien, sobre el tema, la CRE del 2008, en el Capítulo Cuarto que trata sobre los principios de la administración de justicia no realiza cambios sustanciales en la acción de sustanciar, juzgar, sentenciar, administrar, ejecutar y acciones complementarias que se vinculan con la difícil tarea del juez, como no lo hace el Código Orgánico de la Función Judicial, que ahora obliga al juez, a invocar como mandato la frase sacramental en nombre del pueblo y por autoridad de la Ley antes de pronunciar su veredicto; que no constituye un cambio de mucha trascendencia, pues la ley procesal sigue siendo una ficción impráctica e inconsulta que mantiene en vigencia el viejo régimen, con salvedad de la tremenda improvisación de ciertos jueces y operadores de justicia; que en nada benefician a la actividad y misión del juzgador ni del usuario, peor al abogado en libre ejercicio. Entonces, a los aspirantes que resulten elegidos, si en su conciencia anhelan lograr algún avance en la administración de justicia, tendrán que revestirse de una actitud sobrenatural, no digo dictatorial, sino de sabiduría, para que se cumple el sueño de implantar la soberanía, la independencia económica y la autodeterminación de la Función Judicial y con esos atributos, alcanzar el alto pedestal para el juzgador del nivel e instancia que fuere. Por tal razón la persona de uno u otro género que llegue a desempeñar ese cargo, en su sentencia no podrá profanar el nombre del pueblo ni el suyo;  por que de hecho se habrá convertido en un ser muy visible en el desenvolvimiento social, por que en él radicará la soberanía que le da fuerza al pueblo y al poder al Estado.

Pero hay algo más. Si hablamos de la importancia y de la seriedad en la designación de los nuevos jueces, es menester decir, que de la rectitud, seriedad y responsabilidad del juez del futuro, de él dependerá la felicidad o el descalabro de nuestro pueblo. He ahí, la razón por la que la sociedad y los abogados, el momento actual que se ha comenzado a elegir a los jueces de la CNJ que reemplazarán a los transitorios e interinos que han permanecidos hasta la actualidad y, los otras instancias y dependencias judiciales y, constitucionales; estemos atentos para exigir severamente que se elijan como jueces a personas de prestigio moral dentro del foro, buen crédito en la sociedad, conducta intachable en la familia, que acrediten poseer magnifica erudición jurídica, transparencia en sus actos públicos y privados en el ámbito en que se desenvuelvan; que constituyan el buen ejemplo para los jóvenes y el conglomerado social, que tengan amor al estudio y otras virtudes que les permita discernir con sabiduría los problemas y dictar con equidad la resolución en los juicios que sean, para devolver a los habitantes del País la seguridad jurídica que consagra la Norma Suprema del Estado, que tanto necesitamos, para que este cumpla con el deber primordial de garantizar la vida, los bienes, el honor y el buen nombre de los habitantes de su pueblo, a través de la autoridad del Juez, que por supuesto no tendrá el “truchiman”, el respeto a los demás y la aplicación de la Ley. Entonces los aspirantes  cuestionados o con antecedentes, no deberían ser elegidos jueces en ninguna instancia


Los aspirantes y en especial los que sean elegidos no deben olvidar que para ser ungido juez de cualquier nivel, a más de los requisitos anotados, es necesario estar superdotado de la vocación de servicio y la formación personal que le permita al elegido conservar la humildad de entender que esa elección no le quita la condición de empleado del pueblo, JUEZ NATURAL DE TODOS LOS JUECES,  empleador que siempre la conserva esa calidad, de comienzo a fin (Eduardo Couture).

Los elegidos que no olviden que ante el pueblo juez natural de los juzgadores no sirven el tráfico de influencias ni los acomodos políticos, ni las actitudes dudosas que generan desde ya la presencia de algunos de los aspirante, que por cierto tendrán que darse un baño de transparencia y confesarse públicamente ante su más alto tribunal el Pueblo. Solo así, algún día volveremos a tener un justicia respetable, con el sello del respeto que merece la ardua tarea de administrar justicia en forma imparcial en la que se ponga en evidencia la conciencia suprema del juez, que reclamamos todos los ciudadanos del país a la Función Judicial.

Lamentablemente, algunos integrantes de la burocracia judicial no reúnen  los requisitos que nosotros proponemos para que se imponga la carrera judicial en la selección para designar a los jueces de casación de la CNJ, ya que existe el temor que sigamos en lo mismo; y que por obra de los “palanqueadores y padrinos” de siempre y de los mismos burócratas enquistados en el palacio de Justicia, después de todo un proceso de selección se queden algunos que como decía Marco Tulio Cicerón en sus Catilinarias, debían estar en el banquillo de los acusados; y , en nuestro caso, como abogados de toda índole, ante el silencio cómplice e indiferencia de Colegios de Abogados, conformados por ciertos graduados que no ejercen la profesión de abogados litigantes, que seríamos los que más afectados con una mala designación de los jueces futuros; ya que en la practica, somos los responsables de no haber aprendido a exigir nuestros  derechos como profesionales y los derechos de la sociedad a la que pertenecemos, sin esperar que otros nos vengan a redimir.

A propósito de la conciencia que exigimos en la elección de jueces, ahora que todos presumimos estar sumergidos en el fango de la concusión, peculado, enriquecimiento ilícito, el prevaricato de algunos jueces  en todos os niveles, según la información de los medios de comunicación, ese prohombre universal, Manuel Kant, definía la conciencia como “…el instinto de juzgarnos a nosotros mismos a la luz de la moral; no como una mera facultad orgánica y mental; sino como la “vigía y defensa de la moralidad de la vida”; ya que la conciencia para toda persona, es la ley que rige sus acciones; a como ya manifestaba Solón hace más de dos mil años, al decir: “La conciencia pura, es la mejor ley”; más aún para nuestros  jueces, que tiene que enfrentar a muchos “chuqi seven” ocultos, para discernir entre lo justo y lo injusto.

El tiempo que vivimos es especial. Ahora todo es escándalo y dudas. Por tal razón habrá que preguntar a lo más alto: ¿Se habrán olvidado de estos dogmas filosóficos y reflexiones los asesores de los señores miembros del C, de la J. de Transición? Ya que sobre estas altas Autoridades, pesa la gran responsabilidad de cambiar la cara de la justicia. ¿Habrá algún aspirante que diga que su conciencia está limpia y libre de pasado? Acepto que lance la primera piedra el que esté libre de acusaciones; aunque sea amprándose en la garantía de la presunción de inocencia y en el respeto de los sagrados derechos humanos.

Por ello, creo y estoy convencido que una aspirante finalista  diga de memoria que “... en este proyecto histórico que marca un antes y un después en la justicia del Ecuador.”Pero mas dudo de aquel al que se le borró la memoria…de la computadora; y, más de los actuales jueces y conjueces de las dos Salas Penales de la CNJ que se les olvidó que el Fiscal anterior debía emitir su dictamen en un juicio colusorio en diez días, término fatal; sin embargo al dictar sentencia, lo tomaron como base, pese a no vinculante dicho dictamen redactado sobre documentos falsificados y pese, a ser entregado por ese fiscal a los siete meses del tiempo que debía hacerlo y debido a las presiones por los medios de comunicación colectiva.

Entonces el momento en que todos los habitantes del Ecuador; los abogados ha llegado para obligar los jueces que queremos, pero para ello dejemos de permanecer de rodillas y exijamos al Ejecutivo, a la Asamblea Nacional, al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, al Consejo de la Judicatura de Transición; a la ciudadanía, revisar el error en que incurrieron al aprobar una reforma a la Constitución y el Código Orgánico de la Función Judicial, pasándole por encima de la constitución y  la vez encontrar la solución, a base de la consulta popular y la Constituyente y de la autoridad del pueblo, tomar siempre un estado de transición y un estado de excepción, para salir de la crisis en la que vive la Función Judicial, que continua con los mismos parches  y vericuetos como los que se hicieron antes, con graves repercusiones para la seguridad ciudadana y el bienestar del País.

Es hora de salir del descrédito y la desconfianza en que estamos sumergidos. Resulta muy duro escuchar en el momento social que vivimos, con jueces viejos o nuevos; por cierto no son  todos; la sentencia dura que golpea nuestra conciencia y nos grita a cada paso: “Desgraciada la generación cuyos jueces deben ser juzgados” (Talmuld); o, “Desdichados los pueblos cuyo último recurso es la justicia” (Concepción Arenal). Entonces levantémonos con dignidad.

DR. BAYARDO MORENO-PIEDRAHITA TATÉS
e-mail: bmorenopiedrahita@yahoo.com 
MOVIMIENTO ACADEMICO DE ABOGDOS PROGRESISTAS


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